NUESTRA HISTORIA

HCD San Rafael

Más de 100 años juntos y unidos por San rafael

El primer Concejo Deliberante de San Rafael surge el
6 de Enero de 1876, en la Villa 25 de Mayo. El 1 de Julio de 1903 se confecciona el Reglamento Interno de funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante, el cual el día 1 de enero de cada año con asistencia de los municipales electos y reelectos bajo la presidencia del jefe político o de un presidente provisorio se procedía a tomar juramento a los nuevos “municipales” (denominados así en esa época), en la siguiente forma:


“¿Juráis por Dios y la Patria desempeñar fielmente el cargo de municipal?” –
“Sí, juro” (Referencia: Actas 1903 – 1909, foja 2).

Rodolfo Iselín

Poco a poco, fuimos migrando a la ciudad de San Rafael

La última sesión en la referida Villa fue el 9 de Octubre de 1903, y en vista de la Ley Nº 262 sancionada por el senado y cámara de Diputados, la que fija como cabecera el Departamento de San Rafael a la Colonia Francesa y el Art. 20 del Reglamento Interno de esta municipalidad, sanciona la siguiente Ordenanza:

 

Art. 1º: Desde la fecha la municipalidad de San Rafael y sus oficinas funcionarán en el distrito declarado por ley en la provincia como cabecera del Departamento.

 

Art 2º: Autorizase al Sr. Presidente para que en nombre de esta municipalidad gestione ante el poder ejecutivo el local en que esta debe instalar sus oficinas.

 

Esta sesión fue presidida por Guillermo Aguirre y los siguientes concejales: Rodolfo Iselin, Arbet Videla Barrionuevo, Lunay Guevara.

En 1903 en el local de la Jefatura Política de San Rafael (actualmente Av. Mitre y San Martín), se reunieron por primera vez los concejales en su nueva sede departamental.

Las primeras ordenanzas y resoluciones fueron: patentamiento de carretelas que repartían carne a domicilio, de vehículos en general; autorización para canchas de carreras en la Villa, Colonia Francesa, Rama Caída, Cañada Seca, Cuadro Benegas, Atuel, Las Juntas y Malargüe; control en las pesas y medidas de los comerciantes; corrales municipales para animales dañinos, nombramiento de los dos Jueces de Paz: uno en la Villa 25 de Mayo y otro en San Rafael; creación de comisiones vecinales en los distritos, las que proponían a la municipalidad el nombramiento y remoción delos empleados; aporte para la construcción de una escuela en Cuadro Nacional; aprobación de la construcción de la casa municipal; en terreno donado por Rodolfo Iselín; llamado a licitación para la construcción del cementerio; fijaban las tarifas para los carruajes de tráfico público; división del Departamento en 21 cuarteles, designación de los miembros que debían formar las mesas para las elecciones; aceptación de terrenos de Rodolfo Iselín para la construcción de calles, plazas y edificios públicos, prohibición a los menores de 16 años para conducir toda clase de vehículos, delimitación del radio urbano, creación de Registro Cívico Municipal para las elecciones. (Referencia: TOMO Actas 1903 – 1909).

Foto en actual Av. Hipólito Yrigoyen donde se visualiza esquina de Av. Mitre y Av. Libertador de nuestra ciudad

Actualmente el Concejo Deliberante ejerce el control del Gobierno Municipal, es el Poder Legislativo en el departamento, y legisla a través de Ordenanzas, Declaraciones y Decretos. Recibe inquietudes y propuestas de la comunidad, es el ámbito de participación natural de los ciudadanos.

En San Rafael, el Concejo está integrado por 12 concejales de los distintos partidos políticos, estos son elegidos por voto directo junto, con las autoridades municipales y provinciales, ingresando los representantes al Cuerpo Legislativo de acuerdo al porcentaje en votos obtenidos por cada partido político. Esto asegura la pluralidad de ideas y búsqueda de consenso.

Los concejales permanecen 4 años en su función, pero el Cuerpo Deliberativo es renovado por mitad cada 2 años, es decir 6 miembros y pueden ser reelegidos.

Por otro lado, los 12 concejales eligen entre ellos:

  • Presidente: encargado de la gestión administrativa, de presidir las sesiones y reemplazar al Intendente.
  • Vice Presidente 1º
  • Vice Presidente 2º.

Los concejales trabajan en comisiones, constituidas por representantes de los distintos bloques. En las comisiones se discuten y estudian en profundidad todos los temas que ingresan al concejo. Luego del análisis de las comisiones se elabora un dictamen que pasa al Cuerpo y en la Sesión es considerado por todos los concejales. Las reuniones de las comisiones son públicas al igual que las sesiones.

Las Normas Legales que rigen su accionar son: Ley 1079 (Ley Orgánica de las municipalidades), y el Reglamento Interno Decreto Nº 3039.

La comunidad puede acercarse al Concejo Deliberante por la comunicación directa, a través de entidades intermedias (uniones vecinales, clubes, Asociaciones, etc.) por propuestas de cada vecino.

De manera análoga el concejo se acerca a la comunidad: visitas con agenda abierta a distritos, barrios e instituciones, Concursos de estudiantes primarios y secundarios, Concursos de Artistas Plásticos, Elección del ciudadano ilustre, estando presente en los distintos sectores de la comunidad cuando las circunstancias lo exigen.